§ 4673. Obligación del heredero del depositario que venda la cosa depositada

PR Laws tit. 31, § 4673 (2018) (N/A)
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El heredero del depositario que de buena fe haya vendido la cosa que ignoraba ser depositadasólo está obligado a restituir el precio que hubiese recibido o aceder sus acciones contra el comprador en el caso de que el preciono se le haya pagado.