§ 4226. Cuándo puede pedir indemnización el enfiteuta perturbado en su derecho

PR Laws tit. 31, § 4226 (2018) (N/A)
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Si el enfiteuta fuere perturbado en su derecho por un tercero que dispute el dominio directo o la validez de la enfiteusis, no podrá reclamar la correspondiente indemnización del dueño directo, si no le cita de evicción conforme a lo prevenido en la sec. 3838 de este título.