§ 3211. Reunión de acreedor y deudor en una misma persona

PR Laws tit. 31, § 3211 (2018) (N/A)
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Quedará extinguida la obligación desde que se reúnan en una misma persona los conceptos de acreedor y de deudor.

Se exceptúa el caso en que esta confusión tenga lugar en virtud de título de herencia, si ésta hubiese sido aceptada a beneficio de inventario.