§ 2807. Término para solicitar beneficio de inventario—Mientras no prescriba la acción para reclamar la herencia

PR Laws tit. 31, § 2807 (2018) (N/A)
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Fuera de los casos a que se refieren las dos anteriores secciones, si no se hubiere presentado ninguna demanda contra el heredero, podrá éste aceptar a beneficio de inventario o con el derecho de deliberar, mientras no prescriba la acción para reclamar la herencia.