§ 6511. Jurisdicción disciplinaria; Registradores y empleados

PR Laws tit. 30, § 6511 (2018) (N/A)
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Los Registradores de la Propiedad estarán sujetos a la jurisdicción disciplinaria ejercida por el Secretario de Justicia conforme a lo establecido en este subtítulo y en los reglamentos aplicables promulgados en el Departamento de Justicia. Los empleados estarán sujetos a las reglas disciplinarias aplicables a los demás empleados del Departamento de Justicia y a lo establecido en este subcapítulo.