§ 9506. Disposición de bienes inmuebles

PR Laws tit. 3, § 9506 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

La disposición de bienes inmuebles de la Rama Ejecutiva del Gobierno de Puerto Rico se regirá por un proceso que sea justo y transparente en el que se les brinden las mismas oportunidades a todos los participantes, salvaguardando siempre el interés y bienestar público. En ese tenor, toda disposición debe estar enmarcada en la consecución de los propósitos establecidos en este capítulo, manteniendo un balance entre la necesidad de allegar mayores recursos al estado, fomentar el desarrollo económico, procurar el bienestar de la sociedad y/o crear empleo.

El Comité dispondrá de los bienes inmuebles utilizando como base el justo valor en el mercado a ser determinado mediante el correspondiente procedimiento de evaluación y tasación o velando por la utilización de la propiedad para el beneficio del interés público.

El Director Ejecutivo del Comité o su representante podrán fungir como agente autorizado para llevar a cabo cualquier transacción relacionada al título del bien inmueble.