§ 9161. Política pública

PR Laws tit. 3, § 9161 (2018) (N/A)
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Se declara política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico la utilización primaria y preferencial de sus propios recursos y bienes, por encima del interés privado.

Para cumplir con dicha política pública, las agencias, dependencias o instrumentalidades públicas, antes de arrendar o comprar algún bien, deberán otorgarle preferencia a aquellos de naturaleza pública disponibles, pertenecientes al gobierno central, en primera instancia, y, en la alternativa, a cualquier gobierno municipal.

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§ 9162. Creación