No serán elegibles para acogerse al Programa los maestros en el salón de clases; policías activos en labores de patrullaje y que presten servicios de vigilancia y seguridad; los oficiales de custodia que laboran para las agencias bajo la sombrilla del Departamento de Corrección y Rehabilitación, los bomberos; los profesionales de la salud como, por ejemplo, médicos, paramédicos, enfermeras, farmacéuticos y técnicos de laboratorio; y los empleados de las áreas de Rentas Internas y Tecnología de Información del Departamento de Hacienda. Tampoco podrían acogerse los empleados de confianza, empleados transitorios, empleados irregulares y aquellos empleados de carrera que, por determinación del administrador del Programa, con el insumo de la autoridad nominadora, se encuentran en puestos que provean servicios directos a la ciudadanía o servicios esenciales para el funcionamiento de la agencia, o que sean sufragados en todo o en parte con fondos federales. Se considerarán servicios esenciales aquellos puestos cuyas funciones son de naturaleza especializada, imprescindibles o indispensables para el más efectivo funcionamiento de la agencia, de manera que se pueda llevar el fin público para el cual fue creada como organismo gubernamental.
No obstante lo anterior, en el caso de empleados de carrera que ocupen puestos que no son elegibles para acogerse al Programa y que interesen acogerse al Programa, estos empleados podrían acogerse únicamente previa una certificación de la autoridad nominadora, ratificada por la Oficina de Gerencia y Presupuesto, a los efectos de que el retiro de dicho empleado no requerirá la contratación de un nuevo empleado en los próximos cinco (5) años; o que el puesto será cubierto mediante el traslado de otro empleado en el servicio público. El administrador establecerá los procedimientos y los criterios para permitir, en casos justificados, el intercambio de puestos entre empleados de carrera para permitir que un empleado de carrera que ocupa un puesto no elegible para el Programa, pueda cambiar su puesto con otro empleado de carrera en un puesto que sí es elegible para acogerse al Programa.