§ 1335. Récords relevantes e informes al Secretario

PR Laws tit. 29, § 1335 (2018) (N/A)
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(a) Todo patrono, organización obrera o comité conjunto obrero-patronal llevará y conservará por períodos de tiempo de dos (2) los años récord que sean relevantes para poder determinar si se han cometido o se están cometiendo las prácticas ilícitas de empleo contempladas en este capítulo.

(b) Todo patrono, organización obrera o comité conjunto obrero-patronal rendirá informes de dichos récords según lo determine el Secretario del Trabajo y Recursos Humanos mediante reglamento aprobado al efecto, previa celebración de vistas públicas, para poner en vigor y hacer efectivas las disposiciones de este capítulo.