§ 212. Permiso—Solicitante no propietario

PR Laws tit. 28, § 212 (2018) (N/A)
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Cuando el solicitante del permiso sea un concesionario, arrendatario u otro ocupante no dueño de la propiedad en cuestión, mediante contrato o no, deberá presentar evidencia de su derecho a llevar a cabo la actividad solicitada como tal concesionario, arrendatario u otro ocupante. El permiso no se otorgará por un término en exceso del tiempo por el cual se tiene derecho a ocupar la propiedad.