(1) Intermediario de reaseguro.— Significa un productor intermediario de reaseguro o un gerente intermediario de reaseguro, tal y como se define a continuación:
(a) Productor intermediario de reaseguro.— Significa una persona, que no sea un oficial o empleado del asegurador cedente, firma, asociación o corporación que solicite, negocie, o coloque la cesión o retrocesión de reaseguro a nombre del asegurador cedente, y que no actúe como un gerente intermediario de reaseguro.
(b) Gerente intermediario de reaseguro.— Significa una persona a quien el reasegurador le ha conferido la autoridad para obligar o manejar la totalidad o una parte del negocio de reaseguro asumido por éste (incluyendo la administración de una división, departamento u oficina de suscripción), y que actúe en representación del reasegurador.