§ 949c-1. Intermediario de reaseguro, definición

PR Laws tit. 26, § 949c-1 (2018) (N/A)
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(1) Intermediario de reaseguro.— Significa un productor intermediario de reaseguro o un gerente intermediario de reaseguro, tal y como se define a continuación:

(a) Productor intermediario de reaseguro.— Significa una persona, que no sea un oficial o empleado del asegurador cedente, firma, asociación o corporación que solicite, negocie, o coloque la cesión o retrocesión de reaseguro a nombre del asegurador cedente, y que no actúe como un gerente intermediario de reaseguro.

(b) Gerente intermediario de reaseguro.— Significa una persona a quien el reasegurador le ha conferido la autoridad para obligar o manejar la totalidad o una parte del negocio de reaseguro asumido por éste (incluyendo la administración de una división, departamento u oficina de suscripción), y que actúe en representación del reasegurador.