§ 4513. Notificaciones

PR Laws tit. 26, § 4513 (2018) (N/A)
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Todas las notificaciones que el Comisionado le haya enviado al asegurador que puedan resultar en una acción regulatoria, entrarán en vigor en la fecha en que se envíen por correo registrado o certificado, y, en el caso de cualquier otro medio, entrará en vigor tan pronto el asegurador reciba dicha notificación.