La Asociación estará sujeta a examen y a reglamentación por el Comisionado. La Junta de Directores someterá cada año al Comisionado, no más tarde de ciento veinte (120) días después de finalizado el año fiscal de la Asociación, un informe financiero en la forma que el Comisionado prescriba y un informe de sus actividades durante el año fiscal precedente.