La Asociación presentará anualmente a la Oficina del Comisionado en o antes del 31 de marzo de cada año, o en la fecha posterior que el Comisionado fije un informe sobre sus transacciones, condiciones y operaciones efectuadas durante el año. Este informe contendrá aquellos asuntos e información que prescriba el Comisionado y será en la forma que él apruebe.
El Comisionado podrá requerir de la Asociación, en cualquier momento, que le suministre información adicional con respecto a sus transacciones, condiciones, y cualquier asunto relacionado que sea necesario para evaluar el alcance, operación y experiencia de las mismas.