§ 2110. Aprobación de modelos

PR Laws tit. 26, § 2110 (2018) (N/A)
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No se pondrá en vigor ningún contrato de servicios, otorgado o expedido en Puerto Rico hasta tanto se haya mantenido archivado un formulario de dichos contratos en la Oficina del Comisionado por espacio de 60 días, a menos que antes del vencimiento de dicho término el formulario hubiese sido aprobado por escrito por el Comisionado, ni se pondrá en vigor, otorgará o expedirá ningún contrato si el Comisionado notificare por escrito al club o asociación de automovilistas dentro del mencionado término de 60 días, que en su opinión el formulario de contrato no cumple con las leyes de Puerto Rico, especificando las razones.