§ 1906. Junta de Directores

PR Laws tit. 26, § 1906 (2018) (N/A)
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(1) La Junta de Directores de cualquier organización de servicios de salud podrá incluir proveedores, personas particulares o ambos.

(2) Dicha Junta de Directores establecerá un procedimiento que permita a los suscriptores la oportunidad de participar en la dirección y operación de la organización de servicios de salud estableciendo comisiones asesoras, el uso de asesoramiento por consulta o el uso de cualquier otro procedimiento en las decisiones fundamentales. Dichos procedimientos deberán ser sometidos al Comisionado para su aprobación con anterioridad a su utilización.