(1) Primas pagadas por adelantado, pero que no venzan antes de dicha muerte, o fondos en depósito para el pago de primas futuras.
(2) Dividendos declarados hasta entonces en la póliza y retenidos por el asegurador a opción del asegurado.
(3) Dividendos pagaderos a la muerte del asegurado o después de la misma.