§ 1210. Denegación de inscripción

PR Laws tit. 26, § 1210 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

Si durante el período de espera o cualquier prórroga del mismo, según se dispone en la sec. 1206 de este título, el Comisionado determinare que la propuesta inscripción no reúne los requisitos de este capítulo, denegará la misma y dará aviso por escrito de dicha acción al asegurador o al organismo tarifador que hizo la presentación, especificando las razones en que se apoya para dictaminar que la propuesta inscripción no reúne los requisitos y declarando que la misma no surtirá efecto.