§ 1112. Fundamento para desaprobar modelos

PR Laws tit. 26, § 1112 (2018) (N/A)
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(1) Si en cualquier respecto infringe o no cumple con este título.

(2) Si es incompatible con cualquier documento aplicable previamente presentado y aprobado.

(3) Si contiene o incorpora por referencia cualesquiera cláusulas inconsistentes, ambiguas o que se presenten a error, o excepciones y condiciones que falazmente afecten el riesgo que se tiene la intención de asumir en la cubierta general del contrato.

(4) Si contiene un título, encabezamiento, u otra indicación de sus disposiciones que se preste a confusión.

(5) Si cualquier parte material de la póliza o del formulario fuere impreso o de otro modo reproducido en un estilo sustancialmente ilegible.

(6) Si la compra de seguro con arreglo a dicha póliza se solicitare por anuncios falaces.

(7) Si es uno perteneciente al seguro de incapacidad y los beneficios que se proveen en el mismo son irrazonables en relación con la prima cargada.

(8) Si es uno perteneciente al seguro de incapacidad física, según éste aparece definido en la sec. 403 de este título, y el mismo no provee beneficios para cuando un asegurado, por motivo de emergencia o de accidente, no cubierto por las secs. 1 a 42 del Título 11, conocidas como “Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo”, reciba atención hospitalaria en hospitales estatales o municipales.

(9) Si las condiciones o exclusiones de la póliza limitan la cubierta de seguros, resultando la venta de la misma en un enriquecimiento injusto por parte del asegurador.

(10) Si los fundamentos para la cancelación del contrato son arbitrarios o irrazonables.