§ 1012. Corredor puede aceptar negocios

PR Laws tit. 26, § 1012 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

(1) Un corredor de seguros de líneas excedentes podrá aceptar y colocar negocios de seguros de líneas excedentes para cualquier productor de seguros autorizado en Puerto Rico para las clases de seguros envueltos, y podrá compensar por ello a dicho productor de seguros.

(2) El corredor de seguros de líneas excedentes tendrá el derecho de recibir del asegurador la comisión acostumbrada.