En todo caso en que se practicare la autopsia, los resultados de la misma deberán ser puestos en conocimiento del fiscal investigador con toda premura, así como cualquier otra información que pueda ayudar a éstos en el esclarecimiento de los hechos. La misma información deberá proveerse a los abogados defensores, conforme a las Reglas de Procedimiento Criminal y a los familiares del occiso.