§ 2782. Embriaguez o dormirse en servicio militar

PR Laws tit. 25, § 2782 (2018) (N/A)
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Toda persona sujeta a este Código que se encuentre en estado de embriaguez mientras está en el ejercicio de sus deberes militares, o durmiendo en su puesto, o que se ausente del mismo antes de ser debidamente relevado, será castigada según lo ordene una corte militar.