§ 173c. Consejo Asesor—Responsabilidades

PR Laws tit. 25, § 173c (2018) (N/A)
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(a) Preparar plan de trabajo a corto y largo plazo y evaluar el mismo periódicamente.

(b) Establecer la política pública junto con el director y la Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres para la creación de normas y procedimientos de trabajo para el desarrollo del Programa.

(c) Supervisar la estructura del Cuerpo Voluntario de Capellanes.

(d) Diseñar el método de evaluación del plan de trabajo junto al Director y la Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres.

(e) En coordinación con la Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres autorizará y evaluará cada una de las actividades a realizarse.

(f) En colaboración con el Director serán los responsables de coordinar los recursos de capellanes que ofrecerán los servicios de cuidado pastoral y espiritual en situaciones de emergencia, incidentes o eventos.

(g) En colaboración con el Director, serán los responsables de coordinar todos los componentes para el desarrollo de políticas, planes y estrategias para el envío de los capellanes a las áreas afectadas o en necesidad.

(h) Crear un banco de datos en enlace con el sector privado, organizaciones, agencias locales, estatales y federales que proveen productos y servicios de primera necesidad tales como: albergue, ropa, y alimentos, entre otros.