§ 3726. Financiamiento de las ferias de salud

PR Laws tit. 24, § 3726 (2018) (N/A)
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Los fondos necesarios para cumplir con los propósitos de este capítulo, serán consignados en los presupuestos de los organismos gubernamentales. Se ordena a las corporaciones públicas a separar anualmente en sus presupuestos fondos necesarios para cumplir con los propósitos de este capítulo.

Se autoriza, además, el pareo de los fondos con aportaciones privadas, municipales, estatales y federales, así como, el establecimiento de acuerdos de colaboración entre organismos gubernamentales, empresas privadas y organizaciones de servicios de salud.