§ 3129. Proyectos del Fideicomiso

PR Laws tit. 24, § 3129 (2018) (N/A)
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En la realización de cualquier proyecto bajo las disposiciones de este capítulo, el Fideicomiso será guiado por y observará los criterios y requisitos establecidos por la Junta de Directores. Disponiéndose, no obstante, que toda entidad beneficiada deberá cumplir con todos los requisitos operacionales, administrativos, presupuestarios, de preparación y forma de presentar informes, o de cualquier otra índole que el Fideicomiso exija como condición para proveerle asistencia. Asimismo, toda entidad beneficiada deberá cumplir con las leyes fiscales y presentar evidencia al efecto.

El Fideicomiso podrá exigir a la entidad beneficiada que cumpla con determinadas condiciones, o que realice o adopte aquellas acciones o medidas que el Fideicomiso estime necesarias y convenientes para garantizar que dicha entidad beneficiada ha de cumplir con las disposiciones de este capítulo y con sus propósitos.