(a) Acuerdo de Transacción.— Significará el Acuerdo de Transacción Global firmado el 23 de noviembre de 1998, por las compañías tabacaleras anteriormente mencionadas en la Exposición de Motivos y los estados, territorios y otras jurisdicciones, incluyendo a Puerto Rico, según dicho acuerdo pueda ser enmendado de tiempo en tiempo.
(b) Banco.— Significará el Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico, creado por las secs. 551 et seq. del Título 7.
(c) Bonos.— Significará los bonos, pagarés en anticipación de bonos, bonos temporeros, bonos convertibles, obligaciones, pagarés, bonos provisionales o interinos, recibos, certificados, u otros comprobantes de deudas u obligaciones que el Fideicomiso está facultado para emitir de acuerdo con este capítulo.
(d) Director Ejecutivo.— Significará el Director Ejecutivo del Fideicomiso.
(e) Entidad beneficiada.— Significará cada persona natural o jurídica, incluyendo el Gobierno, a la cual se le provea asistencia económica conforme a las disposiciones de este capítulo y que cumpla con los requisitos establecidos en este capítulo y en los reglamentos al amparo del mismo.
(f) Fideicomiso.— Significará el Fideicomiso de los Niños creado por este capítulo, o si dicho fideicomiso fuese abolido o privado de sus funciones al amparo de este capítulo, el cuerpo o entidad pública que le suceda en sus funciones principales o al cual le sean conferidos los derechos, poderes y deberes dispuestos por este capítulo.
(g) Gobierno.— Significará el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, incluyendo todas sus subdivisiones, agencias, corporaciones públicas y municipios.
(h) Junta o Junta de Directores.— Significará la Junta de Directores del Fideicomiso, y si dicha Junta fuere abolida, la Junta o entidad que le suceda en el desempeño de sus funciones principales, poderes y deberes.
(i) Persona.— Significará cualquier individuo, corporación, sociedad, empresa común, asociación, joint-stock company, fideicomiso, organización no incorporada, el Gobierno, u otra entidad creada, organizada o existente bajo las leyes de Puerto Rico, Estados Unidos, cualquier estado de los Estados Unidos o cualquier país extranjero, o combinación de éstos.
(j) Proyectos de fideicomiso.— Significará aquellos programas, iniciativas, obras de gobierno y privadas cuyo impacto, directo o indirecto, afecte o haya afectado positivamente el bienestar de la ciudadanía, su calidad de vida y el desarrollo integral del ciudadano.