§ 795. Adulteración de leche—Tribunal de Distrito conocerá de infracciones
PR Laws tit. 24, § 795 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation
Toda jurisdicción para conocer de estos casos e imponer penas por infracción a las disposiciones de las secs. 791 a 795 de este título, se confiere exclusivamente al Tribunal de Distrito.