§ 795. Adulteración de leche—Tribunal de Distrito conocerá de infracciones

PR Laws tit. 24, § 795 (2018) (N/A)
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Toda jurisdicción para conocer de estos casos e imponer penas por infracción a las disposiciones de las secs. 791 a 795 de este título, se confiere exclusivamente al Tribunal de Distrito.