El Director Ejecutivo de la OGPe preparará y remitirá un informe anual, no más tarde de noventa (90) días de concluido el año fiscal, al Gobernador y a la Asamblea Legislativa, sobre las operaciones y la situación fiscal de la Oficina, sobre la implementación del SIGELA, el Mapa, el SCPE y la Plataforma de Acceso, sus logros, asuntos atendidos, junto con las recomendaciones que estime necesarias para su eficaz funcionamiento. El informe contendrá el cumplimiento con las métricas establecidas.
Los informes, reportes o datas empíricas estarán disponibles al público en general en la página de Internet de la OGPe.