§ 6802. Penalidad adicional por infracción de ordenes
PR Laws tit. 23, § 6802 (2018) (N/A)
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Cada día en que se viole cualquier disposición de este capítulo, regla, orden o decisión de la Compañía de Turismo, o cualquier sentencia de un tribunal, constituirá un delito separado y distinto.