Toda empresa, concesionario u operador que desee modificar una tarifa existente, deberá solicitar a la Compañía de Turismo con un término de treinta (30) días de antelación. Las empresas, concesionarios u operadores podrán además solicitar de la Compañía de Turismo que modifique las tarifas fijas o metradas establecidas por ésta.
La Compañía de Turismo establecerá mediante reglamento el procedimiento que deberán seguir las empresas, concesionarios u operadores para solicitar la revisión de tarifas y establecerá los criterios que, en el ejercicio de su discreción, utilizará la Compañía de Turismo en la evaluación de dicha solicitud.
La tarifa solicitada regirá prospectivamente de ser autorizada por la Compañía de Turismo.