§ 6449. Bonos como inversiones legales y como garantía para depósitos

PR Laws tit. 23, § 6449 (2018) (N/A)
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Los bonos de la Autoridad serán inversiones legales y podrán ser aceptados como garantías, por cualesquiera fiduciarios, fideicomiso y fondos públicos, cuya inversión o depósito estarán bajo la autoridad y control del Gobierno de Puerto Rico o cualquier oficial u oficiales de éste.