§ 6315. Director Ejecutivo—Deberes y poderes

PR Laws tit. 23, § 6315 (2018) (N/A)
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El Director Ejecutivo tendrá todos los poderes convenientes y necesarios para desarrollar y llevar a cabo la política pública que se dispone en este subcapítulo. Además, tendrá el deber de coordinar en estrecha colaboración con el Presidente de la Junta de Planificación y el Secretario, todo lo relacionado al desarrollo sostenible del turismo en Puerto Rico y con la conservación, uso y manejo de los recursos naturales, sin menoscabo de la facultad y poderes otorgados a éstos [en] virtud de las leyes y reglamentos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

Con el propósito de obtener recursos de información, asesoría, oportunidades de nuevos productos y participar de nuevos proyectos, el Director Ejecutivo, o su representante designado participará de actividades y organizaciones internacionales y regionales que promueven el desarrollo sostenible del turismo y el ecoturismo, tales como: The Ecotourism Society, Green Globe, Organización Mundial de Turismo, Organización Caribeña del Turismo, Programa de las Naciones Unidas para el Ambiente (WTO-UNEP), entre otras.