§ 6012. Exenciones—Extensión del período de exención

PR Laws tit. 23, § 6012 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

Todo negocio exento podrá solicitar una extensión del período de exención aprobado bajo este capítulo por un período adicional de diez (10) años, al radicar una solicitud con el Director en la forma prescrita por el Director, no más tarde de la fecha de vencimiento bajo el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994, secs. 8006 et seq. del Título 13, para radicar su planilla de contribuciones sobre ingresos para el último año contributivo dentro del período de exención, incluyendo cualquier prórroga otorgada por el Secretario para la radicación de la misma.

El Director seguirá los procedimientos descritos en la sec. 6017(c) de este título y en adición determinará si dicha exención es esencial para el desarrollo de la industria turística tomando en consideración los hechos presentados, y en vista de la naturaleza de las facilidades físicas, el número de empleos, la totalidad de la nómina, la totalidad de la inversión, la localización del proyecto, su impacto ambiental, la reinversión en el negocio exento de parte o toda la depreciación tomada como deducción contributiva, u otros factores que, a su juicio, ameriten dicha determinación.

Durante la extensión de diez (10) años que se conceda bajo esta sección las tasas de exención serán las determinadas en la sec. 6011 de este título.

No se aceptarán solicitudes para una extensión al período de exención bajo este capítulo después de la fecha de efectividad de la Ley de Desarrollo Turístico de Puerto Rico de 2010.

Toda solicitud de extensión al período de exención bajo esta sección que haya sido radicada antes de la fecha de efectividad de la Ley de Desarrollo Turístico de Puerto Rico de 2010, secs. 6341 et seq. de este título, se considerará como una solicitud radicada, de acuerdo con la Ley de Desarrollo Turístico de Puerto Rico de 2010. El Director podrá solicitar información adicional con relación a dicha solicitud que entienda pertinente.