§ 5214. Divulgación

PR Laws tit. 23, § 5214 (2018) (N/A)
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Será deber de la Junta y del Departamento de Hacienda tomar todas las medidas necesarias para la divulgación a la ciudadanía de la existencia de este capítulo y de las exenciones y beneficios concedidos en ella, de suerte tal que a dichos beneficios pueda acogerse la ciudadanía.

Tal gestión deberá completarse inmediatamente después de ser aprobada esta ley, debiendo dar éstos cumplimiento estricto a lo aquí dispuesto.