§ 11316. Compensación del Presidente Ejecutivo y el Director Ejecutivo

PR Laws tit. 23, § 11316 (2018) (N/A)
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(a) El presidente ejecutivo de la Corporación, por ser un funcionario público, no recibirá compensación por sus servicios, ni pago de dietas ni reembolsos por gastos incurridos.

(b) La Junta de Directores establecerá y ajustará la compensación del Director Ejecutivo. El Director Ejecutivo se reclutará mediante contrato y será un empleado asalariado a tiempo completo de la Corporación.