§ 11234. Facultades, poderes y responsabilidades del Secretario en referencia al Programa de Desarrollo Laboral

PR Laws tit. 23, § 11234 (2018) (N/A)
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(a) Implantar y hacer cumplir la política pública establecida por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, a tenor con las leyes y reglamentos federales aplicables a programas de adiestramiento y empleo.

(b) Estructurar la organización administrativa del Programa.

(c) Evaluar y monitorear periódicamente los programas, actividades y servicios ofrecidos a través de este capítulo, a fin de determinar su efectividad en el logro de los objetivos establecidos.

(d) Establecer iniciativas con el sector empresarial a fin de lograr mayor participación de este sector en el desarrollo de los objetivos propuestos.

(e) Someter informes periódicos al Gobernador y a la Asamblea Legislativa sobre el logro de los objetivos y los propósitos para el cumplimiento de este subcapítulo.

(f) Administrar, asesorar, coordinar e implementar la política pública que servirá como ente regulador del Programa.

(g) Trabajar y asistir a los miembros de la Junta para lograr el cumplimiento con las disposiciones y exigencias del “Workforce Investment Act” de 1998, según enmendado.

(h) Realizar cualquier otra función o facultad inherente, cónsona con su experiencia en programas de adiestramiento y empleo para lograr los propósitos de este capítulo.