§ 11213. Facultades y deberes del Secretario de Desarrollo Económico y Comercio con respecto al Programa de Desarrollo de la Industria Cinematográfica

PR Laws tit. 23, § 11213 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

El Secretario de Desarrollo Económico y Comercio brindará el apoyo administrativo y fiscal necesario para la operación del Programa de Desarrollo de la Industria Cinematográfica. El Secretario de Desarrollo Económico y Comercio supervisará la operación del Programa, determinará su organización interna, y estará facultado para aprobar los reglamentos que contendrán los criterios y normas que regirán las funciones del mismo. A tales fines, designará un funcionario de su confianza, quien lo asistirá en la ejecución e implementación del Programa. El referido funcionario podrá ser un Secretario Auxiliar o cualquier otro funcionario dentro de la estructura gerencial. No obstante, ello no podrá implicar que se delegue en tal funcionario la facultad de despedir o nombrar personal, ni el poder de aprobar reglamentación.

Se crea un Consejo Asesor que estará integrado por cinco (5) miembros ad honorem. El Consejo Asesor estará integrado por tres (3) cineastas bona fide puertorriqueños, propuestos por las entidades gremiales puertorriqueñas, todos con comprobado compromiso cultural, conocimiento y experiencia en la industria cinematográfica, un abogado/a y una persona designada por el Secretario. El Consejo Asesor establecerá un plan estratégico para desarrollar, fortalecer y potenciar la industria de cine puertorriqueño y colaborará en la formulación de los reglamentos que contengan los criterios y normas que regirán el Fondo. El mandato de los miembros del Consejo será de un (1) año, los cuales podrán ser reelegidos por única vez por un periodo de un (1) año.

El Secretario convocará dos (2) Juntas Consultivas ad honorem: una para la selección de proyectos documentales y otra para la selección de proyectos de ficción y animación, mínimo una vez al año cada una. Cada Junta Consultiva estará integrada por tres (3) miembros. Los miembros de cada Junta Consultiva serán profesores de cinematografía puertorriqueños o internacionales y cineastas bona fidepuertorriqueños o internacionales, todos con comprobado compromiso cultural, conocimiento y experiencia en la industria cinematográfica. La función de los miembros de cada Junta Consultiva terminará una vez seleccionados los proyectos a ser financiados por el Fondo.