§ 11126. Financiamiento por parte del Banco de Desarrollo Económico

PR Laws tit. 23, § 11126 (2018) (N/A)
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Sujeto a los criterios de elegibilidad dispuestos por el Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico, se le ordena al Banco atender con carácter prioritario y expedito las solicitudes de financiamiento presentadas por las PyMEs elegibles cobijados bajo este capítulo. Para la consecución de dichos fines, dicha institución podrá establecer programas de financiamiento nuevos o utilizar los existentes. También podrá suscribir acuerdos con otras instituciones financieras para la concesión de dichos financiamientos, ya sea mediante la concesión de garantías y/o participaciones. Además, podrá establecer programas atractivos para la otorgación de financiamiento a corto, mediano, o a largo plazo, incluyendo sin limitarse a líneas de crédito, sujeto que faciliten el establecimiento inmediato de PyMEs elegibles con capacidad para la creación inmediata de empleo.