§ 11024a. Periodo para suscribir un acuerdo especial para la creación de empleos

PR Laws tit. 23, § 11024a (2018) (N/A)
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La Compañía deberá emitir un aviso al público notificando el procedimiento para suscribir el acuerdo especial para la creación de empleos dentro de los treinta (30) días a partir de la aprobación de esta ley. El negocio elegible tendrá quince (15) meses a partir de la fecha de la publicación del aviso para suscribir el acuerdo especial con la Compañía. Es decir, todo acuerdo especial con la Compañía bajo la Ley de Empleos Ahora deberá ser suscrito por los negocios elegibles en o antes del 31 de mayo de 2014.

No obstante, los acuerdos que hayan sido firmados dentro de dicho periodo de quince (15) meses continuarán en vigor según se establezca en este capítulo y en dichos acuerdos.