§ 3076. Cumplimiento del plan de pago; depósito de la cantidad en una cuenta especial

PR Laws tit. 23, § 3076 (2018) (N/A)
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El Secretario de Hacienda depositará en una cuenta especial en el Banco Gubernamental de Fomento o con cualquier otra entidad bancaria, en o antes de la fecha de pago de[l] principal e intereses, la cantidad necesaria para cumplir con el plan de pago establecido y con el propósito de las secs. 3074 a 3077 de este título.