§ 2405. Fianza

PR Laws tit. 23, § 2405 (2018) (N/A)
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La Autoridad no expedirá ni renovará ninguna licencia de piloto hasta que la persona que solicita la licencia preste una fianza a satisfacción del Director por la suma razonable que el Administrador determine por regla o reglamento, para responder del fiel cumplimiento de sus deberes como piloto.