La Autoridad podrá instar procedimientos de injunction ante el Tribunal de Primera Instancia para hacer que se cumplan las disposiciones de este capítulo y las disposiciones de las reglas o reglamentos que apruebe y promulgue el Administrador o que continúan en vigor según se provee en el mismo, bastando para que se expida la orden de entredicho o el injunction preliminar o permanente con demostrar que el remedio es necesario para evitar que se viole cualquiera de dichas disposiciones.