§ 2106. Ejercicio de facultades

PR Laws tit. 23, § 2106 (2018) (N/A)
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La Autoridad, el Administrador y el Director ejercerán con arreglo a las secs. 331 et seq. de este título los poderes y funciones que por el presente capítulo se confieren a la Autoridad, excepto que en todo lo concerniente al Puerto de las Américas, será la Autoridad del Puerto de las Américas y su Director Ejecutivo quienes ejercerán los poderes y funciones que por el presente capítulo se confieren a la Autoridad del Puerto de las Américas.