Con el propósito primordial de proteger, representar, asesorar, educar y orientar al público consumidor, se crea la Administración de Servicios al Consumidor, la cual estará bajo la dirección de un Director, quien será nombrado por el Gobernador con el consejo y consentimiento del Senado, por un término de cuatro (4) años y desempeñará su cargo hasta que su sucesor tome posesión.
El Director nombrará un Sub-Director quien lo sustituirá en caso de ausencia, y desempeñará aquellos deberes que el Director le asigne.