§ 703. Precios máximos para servicios esenciales

PR Laws tit. 23, § 703 (2018) (N/A)
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Se faculta al Administrador de Estabilización Económica para establecer precios máximos, justos y equitativos para servicios esenciales bajo las normas que establecen las secs. 731 a 745 de este título, para la reglamentación de los precios de artículos de primera necesidad. Para los efectos de las secs. 701 a 708 de este título, por el término “servicio esencial” se entenderá todo servicio no profesional.