§ 695d-15. Exención contributiva—Parcelas especiales

PR Laws tit. 23, § 695d-15 (2018) (N/A)
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Todos los propietarios, arrendatarios, subarrendamientos o concesionarios de las parcelas especiales, o porciones de las mismas, estarán exentos del pago de toda clase de cargos, sellos de rentas internas y comprobantes requeridos por ley para el otorgamiento de documentos públicos y su presentación e inscripción en cualquier registro público del Gobierno con relación a la venta, compra, arrendamiento, financiamiento, hipoteca u otro traspaso de una parcela especial o un interés en una parcela especial que se lleve a cabo en o antes del 31 de diciembre de 2025.