§ 693k. Barcos cruceros de turismo

PR Laws tit. 23, § 693k (2018) (N/A)
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Se autoriza al Director Ejecutivo de la Compañía de Turismo de Puerto Rico, conjuntamente con el Director Ejecutivo de la Autoridad de los Puertos, a examinar y evaluar todo lo relativo a los barcos cruceros de turismo, incluyendo los cargos de muellaje, con el propósito de estimular el crecimiento del movimiento de pasajeros provenientes de este importante tráfico turístico y a rendir las recomendaciones que estimen pertinentes.