§ 692s. Notificar y consultar

PR Laws tit. 23, § 692s (2018) (N/A)
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El Alcalde deberá notificar y consultar con la Junta de Planificación, a la Autoridad de los Puertos y a cualquier otra agencia, departamento o instrumentalidad del Gobierno de Puerto Rico que tenga instalaciones ubicadas dentro de los terrenos del Complejo Punta Borinquen cualquier cambio en el patrón de usos de terrenos y planes viables previo a realizarse el mismo. Disponiéndose, además, que se deberá obtener la autorización de la Agencia Federal de Aviación para poder alterar las servidumbres que posee dicha agencia en los mencionados terrenos.