§ 618. Declaración de utilidad pública

PR Laws tit. 23, § 618 (2018) (N/A)
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Para los propósitos de las secs. 606(h) y 610 de este título, toda obra, proyecto y propiedad con sus accesorios, que la Autoridad estime necesario y conveniente utilizar para llevar a cabo los propósitos expresados en este capítulo, queda por la presente declarado de utilidad pública.