§ 248m. Centro de Control de Calidad—Transferencia de fondos y funciones

PR Laws tit. 23, § 248m (2018) (N/A)
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Se transferirán al Centro todos aquellos fondos disponibles en virtud de la Resolución Conjunta Núm. 38 de 25 de mayo de 1973, que estén en poder del Director del Programa de Control de Calidad de Puerto Rico de la Administración de Fomento Económico, a la fecha de vigencia de esta ley. Queda expresamente abolida la Unidad Administrativa que en virtud de dicha resolución se creó, transfiriéndose todas sus funciones al Centro de Control de Calidad de Puerto Rico.